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“La diferencia de precios no es una cuestión irregular, puede existir una gran diferencia entre una empresa descalificada más barata y una adjudicada más cara, eso no es una irregularidad pero ante una protesta que es un mecanismo de protección administrativo para quien se sienta perjudicado con el resultado de una licitación debe verificar que la adjudicación haya cumplido con todos los requisitos especificados en la Ley”, explicó.
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“El caso es objeto de una propuesta de parte de algunas empresas que no fueron seleccionadas contra la adjudicación sobre una empresa que tenía una oferta superior a la oferta descalificada”, expresó.
Aseguró que el sistema de Contrataciones Públicas en nuestro país es un éxito en materia de provisión de información. “Por supuesto que hay problemas y muchas protestas. De los 11.000 procedimientos de Contratación que se realizan al año tenemos aproximadamente que el 10% de los procedimientos son objetos de protesta y otra cantidad similar objeto de investigación”, refirió.