“Claramente la conducta desplegada por la señora María Esther Roa violó la disposición contenida en el Decreto presidencial, pero no tiene entidad penal y no es penalmente relevante como para atribuirle responsabilidad penal”, afirmó.
“Nosotros consideramos que la acusación del Ministerio Público basada en la Ley 716 que es una Ley que sanciona delitos contra el medio ambiente, al castigar a los que violan la cuarentena sanitaria, es una Ley incompleta porque es una Ley que no establece qué se entiende por cuarentena sanitaria y cuáles son los parámetros para comprender y abarcar la violación”, sostuvo.
Explicó que cuando Roa comete los hechos que el Ministerio Público le atribuye ya estaba en vigencia la Fase 2 del levantamiento gradual de la cuarentena. “Entonces, no nos parece lógico que pueda ser una cuarentena. Pero el motivo principal que tomamos como fundamento es la violación del principio de legalidad material”.
Este jueves el Tribunal de Sentencia absolvió de culpa y reproche a la abogada y activista María Esther Roa por el caso de presunta violación a la cuarentena sanitaria. La misma había sido procesada tras manifestarse contra la corrupción en pandemia.
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