Estigarribia dijo que la Constitución señala “lo fehacientemente comprobado, lo cual no significa judicialmente comprobado”, como lo reglamenta el proyecto de Ley sobre la perdida de investidura.
Explicó que lo fehaciente no es igual a lo judicial, ya que es algo que puede ser corroborado con un vídeo, un mensaje escrito, etc. Señaló que a través de este medio se sustituye el juzgamiento político por el judicial.
“Las mayorías están calificadas en el articulo 185, equiparan el juzgamiento del legislador a la cantidad de votos necesaria para el juicio político arbitrariamente tocando a las mayorías, entonces el proyecto es absolutamente inconstitucional y contradictorio al espíritu de la Constitución”, aseguró.