Argumentó que en el artículo 13 establece que los legisladores pueden reglamentar los articulo de la Constitución Nacional. “Entonces hoy nace una nueva tesis con respecto a la utilización al tema de la influencia. Se habla de la influencia positiva y negativa. Yo me pregunto dónde está escrita la influencia positiva y negativa no existe eso. Lo único que existe es el tráfico de influencia y esta tipificado en la ley del 2004 la 2523 que habla sobre el tráfico de influencia”, declaró.
Manifestó que la ley señala que solo el Poder Judicial puede determinar fehacientemente si existe o no tráfico de influencia. “Si el Poder Judicial en todas las instancias dice que hay tráfico de influencia entonces se puede dar la pérdida de investidura, no habla este artículo constitucional de los números”, acotó.
Desde su punto de vista defiende el proyecto de Ley que reglamenta la pérdida de investidura, alegando “que para echarle al contralor o al ministro de la corte solo se necesite 2 tercios porque para echarle a un senador no se necesitaría lo mismo”.
Sobre la situación de Enrique García
El parlamentario adelanto que hasta el momento todavía no leyó le libelo acusatorio y que solo sabe que se “le acusó” y que los senadores deben juzgar la situación.